Mamen Fernández
28/Mar/2017

El auge de las tecnologías de la comunicación y de la información en los últimos años ha traído consigo muchos avances que han beneficiado a la sociedad, pero también muchos problemas que afectan a derechos e intereses tanto de personas físicas como jurídicas. Estos problemas pueden abarcar cualquier rama del derecho (civil, penal, mercantil, etc.), pero tienen un elemento común: el uso de las TIC. Así pues, es imposible acotar la legislación que maneja un abogado TIC para el desarrollo de su labor. Por ello, aunque se han ido elaborando normas específicas como la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal y su Reglamento de desarrollo (RD 1720/2007) y la Ley 9/2014 de Telecomunicaciones, deben tenerse en cuenta otras como el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, la Ley 17/2001, de Marcas, la Ley 3/1991, de Competencia Desleal, el Código Civil, el Código Penal, etc.

Las tecnologías forman parte de nuestra vida personal y profesional, pero el nivel de su conocimiento por parte de los abogados y de los operadores jurídicos en general, es de lo más variado y depende en la mayoría de los casos de la edad de estos. Por ello, el rasgo principal que caracteriza al abogado TIC es que está totalmente familiarizado con las tecnologías y sus diversos usos y aplicaciones y cuenta con formación específica que debe reciclar de forma constante para estar al día, independientemente de que las leyes que deben aplicarse vayan a otro ritmo. Es más, el abogado TIC suele contar con clientes ubicados en ciudades distintas a aquella en la que trabaja, ya que gracias a las tecnologías puede desarrollar sus servicios jurídicos por medio de email, videoconferencia y teléfono, ahorrando gastos inútiles de desplazamiento y de envío de información por correo postal.

Desde el punto de vista empresarial, cualquier profesional o compañía necesita utilizar las TIC de forma directa o indirecta, ya sea como medio para desarrollar su actividad (sitio web publicitario, sistemas de información que contienen bases de datos de clientes, etc.) o bien, como parte accesoria o principal del producto o servicio que realiza (venta electrónica, desarrollo de software,  plataforma de red social, nuevos negocios que se ofrecen como alternativas a fórmulas ya existentes o más tradicionales, etc.). En este sentido, las empresas y profesionales se ven obligados desde un principio a cumplir una serie de normas relacionadas con el uso de las TIC antes mencionadas, que en el caso de España suelen proceder de directrices que emanan de los organismos legislativos de la Unión Europea. Y es en estos casos cuando se produce una de las intervenciones fundamentales del abogado TIC: el asesoramiento jurídico preventivo y continuado. Dar a conocer a una empresa o profesional las normas relacionadas con el uso de las TIC que le afectan y redundan en el buen desempeño de su actividad, proporcionar indicaciones, procedimientos y documentación necesaria, y facilitar recomendaciones ante los problemas más frecuentes, son los elementos esenciales de esta labor del abogado TIC. Por lo tanto, es importante recalcar que una empresa o profesional debe cumplir determinadas normas que regulan aspectos como el software que utiliza, las condiciones generales de la venta online de sus productos y servicios, los requisitos legales para el control de la actividad de los trabajadores a través de medios tecnológicos, las obligaciones del personal que accede a información de carácter personal tratada en los sistemas, y en definitiva, otros muchos aspectos que afectan a su dinámica de trabajo. Todo ello sin olvidar la necesidad de establecer adecuadamente las relaciones jurídicas con terceros (contratos de desarrollo de productos tecnológicos, contratos de servicios de marketing digital, contratos de servicios relacionados con la nube, etc.). Cualquier iniciativa empresarial, cualquier cambio que quiera realizar una compañía, suele tener implicaciones legales relacionadas con las tecnologías y la seguridad de la información para las que se requiere contar con el debido asesoramiento especializado.

En otras ocasiones surgen los conflictos cuyo origen puede estar, bien en incumplimientos producidos a nivel interno (incumplimiento del deber de confidencialidad por parte del personal de una empresa, vulneración del derecho a la protección de datos de los clientes, etc.), o bien en la acción de terceros ajenos a la empresa (uso indebido de la marca perteneciente a la empresa, utilización indebida de imágenes publicadas en internet cuyos derechos consten a nombre de otra empresa o profesional, etc.). Dichas acciones precisan la realización de actuaciones legales, no siempre contenciosas, para defender los intereses de la empresa o profesional y restablecer los derechos que hayan sido perjudicados. Aquí es cuando el abogado TIC ejerce otra de sus funciones respecto a empresas y profesionales: la defensa legal.

Por otra parte, desde el punto de vista personal, es de sobra conocida la vulnerabilidad de ciertos derechos fundamentales cuando se hace uso de las tecnologías. El usuario o consumidor debe lidiar con frecuencia con acciones que implican una intromisión en sus derechos (uso ilegítimo de información de carácter personal con fines comerciales, inclusión indebida en un fichero de morosos, incumplimiento de condiciones de prestación de servicios de telecomunicaciones, incumplimiento de plazos de devolución de productos adquiridos por internet, etc.). Muchas veces la presentación y seguimiento de reclamaciones ante las entidades que vulneran nuestros derechos requiere una dedicación que puede resultar difícil y además puede conllevar un desgaste para el afectado. Contar con un asesor jurídico especializado facilita esta tarea al reclamante. Y en otras muchas ocasiones el restablecimiento de nuestros derechos acaba precisando el ejercicio, una vez más, de acciones judiciales en las que el abogado debe estar nuevamente presente.

Adicionalmente, las tecnologías suponen un medio de comisión de delitos cuyas consecuencias se agravan significativamente debido, sobre todo, a la rápida y extensa difusión que permiten los sistemas informáticos e internet. Como ejemplos destacables de los llamados “delitos tecnológicos” podemos citar las estafas, la pederastia y el acoso entre menores de edad. Este tipo de delitos ha obligado a crear unidades especiales dentro de las fuerzas y cuerpos de seguridad para afrontarlos, ya que la complejidad que adquieren estos delitos, en muchos casos a nivel internacional, requiere especiales conocimientos y dedicación. Además, es bien sabido que las víctimas de este tipo de delitos necesitan una protección y unas soluciones acordes a la magnitud de las consecuencias que afrontan.

Es pues, en todos estos ámbitos en los que puede actuar un abogado TIC, que cada vez más se constituye en un prestador de servicios jurídicos clave para empresas, profesionales y particulares.

Mamen Fernández. Abogada TIC & Compliance.

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